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puedes ayudar aportando tu trabajo voluntario, tu experiencia
o mediante una donación a la cuenta:
2013
0720 11 0200411184
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can help us with your voluntary work, your experiences or
by donating funds to the bank account number:
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1.- Ventajas fiscales por donaciones realizadas por personas físicas:
a) Deducción: los contribuyentes del IRPF tendrán derecho a deducir de su cuota íntegra el 25% de sus donaciones a la Fundación.
b) Límite de la deducción: la base de las deducciones no podrá exceder del 10% de la base liquidable del contribuyente. Por el exceso no se podrá practicar deducción.
2.- Tratamiento fiscal a las donaciones realizadas por personas jurídicas:
a) Deducción: los sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra, minorada en las deducciones y bonificaciones previstas en los capítulos II, III y IV del Título VI de la Ley43/1995 del Impuesto sobre Sociedades, el 35% de la base de deducción. Las cantidades correspondientes al periodo impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
b) Límite de la deducción: la base de la deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del periodo impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.